La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) de Argentina avanza en la modernización de sus procesos con la oficialización del Certificado de Aeronavegabilidad en formato completamente digital. Mediante la Resolución 300/2025, fechada el 24 de abril, la autoridad aeronáutica aprueba los nuevos formatos para el Certificado de Aeronavegabilidad Estándar y el Certificado de Aeronavegabilidad Especial.
Esta decisión implica la derogación de la Resolución ANAC 826/2014, la cual exigía la impresión de dichos documentos en papel con medidas de seguridad físicas, como marcas de agua provistas por la Casa de Moneda. Según la nueva normativa, estas exigencias resultan obsoletas y contrarias a la agilidad requerida por la aviación civil actual, especialmente en el marco de la digitalización de los expedientes administrativos del Estado.
El Certificado de Aeronavegabilidad es un documento fundamental que acredita las condiciones técnicas y de seguridad de una aeronave para operar. Su emisión y formato se rigen por estándares internacionales, específicamente los Anexos 7 y 8 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944). Con la nueva resolución, Argentina alinea la emisión de estos certificados con las herramientas digitales ya implementadas a nivel nacional, como la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), que permiten el uso de firma digital con plena validez legal.
La transición al formato digital, según informa ANAC, generará un ahorro superior a los 8 millones de pesos para el Estado Nacional al eliminar los costos asociados a la impresión en papel especial y la gestión física de los documentos. Además, se espera que la medida agilice los trámites para los propietarios y operadores de aeronaves registradas en Argentina, simplificando la obtención y renovación de los certificados.
Es importante aclarar que la Resolución 300/2025 estipula que todos los certificados de aeronavegabilidad emitidos con anterioridad bajo el formato físico y que se encuentren vigentes, mantienen su validez hasta su fecha de expiración. La Dirección de Aeronavegabilidad (DA), dependiente de la Dirección Nacional de Seguridad Operacional (DNSO) de ANAC, será la encargada de implementar la emisión exclusivamente digital.
La normativa entrará en vigencia treinta días después de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina. Esta acción, de acuerdo con el comunicado de la Secretaría de Transporte, se enmarca “dentro de las políticas de modernización y eficiencia impulsadas por el gobierno, buscando optimizar la gestión pública y facilitar la operatoria del sector aeronáutico, siempre con el foco puesto en el mantenimiento de los estándares de seguridad operacional.”
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