La FAA otorga exención a Envoy Air para operar con mínimos meteorológicos reducidos sin aeropuerto alterno
La Administración Federal de Aviación (FAA) de EE. UU. concedió una exención a la aerolínea Envoy Air, permitiéndole despachar vuelos bajo ciertas condiciones meteorológicas sin necesidad de designar un aeropuerto de destino alterno. La exención, identificada como No. 23737 y fechada el 15 de abril de 2025, flexibiliza los requisitos establecidos en las regulaciones federales 14 CFR §§ 121.619(a)(1) y 121.619(a)(2).
Normalmente, las regulaciones exigen designar un aeropuerto alterno si el pronóstico meteorológico en el destino no alcanza un techo de nubes de 2,000 pies y 3 millas de visibilidad. Sin embargo, gracias a esta exención, Envoy podrá despachar vuelos si el pronóstico indica un techo de al menos 1,000 pies y una visibilidad de 2 millas. Esta flexibilidad se basa en la capacidad avanzada de Envoy para realizar aproximaciones de baja visibilidad (Categoría I y II) y sus sistemas sofisticados de pronóstico y monitoreo meteorológico.
La decisión de la FAA se fundamenta en que la solicitud de Envoy es materialmente similar a otras exenciones otorgadas previamente (como las Nos. 8575 y 19007A) y considera que la medida es de interés público.
Condiciones Estrictas para Mantener la Seguridad
La exención no viene sin condiciones rigurosas diseñadas para garantizar la seguridad operacional:
Limitación Geográfica: Aplicable solo a aeropuertos de destino dentro del territorio continental de Estados Unidos y el Distrito de Columbia.
Requisito de Equipamiento: Solo para aeropuertos con procedimientos de Sistema de Aterrizaje por Instrumentos (ILS) operativos. Los mínimos específicos dependen de la categoría ILS disponible (CAT I: 1000ft/3mi, CAT II: 1000ft/2mi).
Tecnología Avanzada: Requiere el uso de sistemas de despacho avanzados para seguimiento de vuelos en tiempo real, superposiciones meteorológicas actualizadas, visualización de rutas ATC, recálculo de combustible, y alertas meteorológicas automáticas.
Cualificación: Tanto las aeronaves como las tripulaciones deben estar calificadas y equipadas para operaciones CAT I/II.
Reportes Obligatorios: Los pilotos deben notificar al despachador sobre desviaciones de ruta, altitud, tiempo estimado de llegada, consumo de combustible, fallos de sistemas, condiciones meteorológicas inesperadas o esperas en ruta.
Restricción Meteorológica: No se permite la operación bajo esta exención si se pronostican tormentas eléctricas en el destino.
Informes a la FAA: Envoy debe presentar informes mensuales detallados sobre los vuelos operados bajo la exención, incluyendo desvíos y emergencias.
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Esta exención representa un paso hacia operaciones potencialmente más eficientes para Envoy, permitiendo optimizar la carga de combustible al no requerir un alterno bajo estas condiciones específicas, siempre respaldado por tecnología avanzada y estrictos protocolos de seguridad. La exención tiene vigencia hasta el 30 de abril de 2027, a menos que sea rescindida o extendida previamente.
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